Número de referencia de la resolución: | 211-A-19 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2019-11-19 |
Fundamento: | Por otra parte, es importante precisar que este supuesto es distinto al tramitado por este Tribunal en el expediente 6-0-15 Acum. 52-D-15/45-D-16, en el cual se emitió la resolución de las quince horas y cincuenta minutos del día veintiséis de agosto de dos mil dieciséis, en la que se determinó que el señor Nayib Armando Bukele Ortez, en su entonces calidad de Alcalde Municipal de San Salvador, habría transgredido la prohibición ética de "Nombrar, contratar, ( .. .) en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley", regulada en el artículo 6 letra h) de la LEG, al haber delegado a su hermano para que lo representara como Director Presidente de la Junta Directiva del Instituto Municipal de Deportes y Recreación (IMDER), pues en tal caso dicho hecho se enmarcaba dentro de los supuestos regulados por la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra h) de la LEG, pues ambos se desempeñaban en la misma institución y no había una excepción legal que lo habilitara como en el presente caso. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 211-A-19 |
Tipo de resolución: | Anormal |
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