Número de referencia de la resolución: | 185-A-19 |
Tesauro: | Inadmisibilidad |
Decisión: | Inadmisible |
Fecha de resolución: | 2020-02-25 |
Fundamento: | No se tienen hechos concretos, claros y consistentes que permitan tener los elementos necesarios que exige el art. 32 de la LEG o aspectos necesarios para delimitar una posible conducta prevista como contraria a la ética pública; al contrario son hechos ambiguos, generales e imprecisos. En este sentido, la falta de precisión de dicho hechos impide identificar la posible concurrencia de infracciones los deberes y prohibiciones éticas regulados en los arts. 5,6 y 7 de LEG; y la deficiencias advertidas no pueden ser subsanadas mediante una prevención por tratarse de un aviso; en consecuencia, corresponde pronunciar in limine la inadmisibilidad del aviso respecto al hecho descrito en este acápite por carecer de lo requisitos de admisibilidad. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 185-A-19 |
Tipo de resolución: | Anormal |
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