• 125-A-18
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Número de referencia de la resolución: 125-A-18
Tesauro: Prevalerse del cargo para hacer política partidista, Sobreseimiento
Decisión: Sobreseimiento
Fecha de resolución: 2020-09-30
Fundamento: En ese sentido, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido que los servidores públicos no están al servicio de una fracción política determinada e indica que el artículo 218 de la Constitución está relacionado con el principio de objetividad, pues debe desvincularse a los funcionarios, empleados públicos y el servicio público de una fracción o, incluso, tendencia política determinada, lo cual corresponde también al principio de neutralidad político partidaria del servicio civil, es decir, "la obligación de sujeción de la Administración pública a los órganos de gobierno, con independencia de la opción político-partidaria que lo integre, siempre dentro del marco de los intereses generales" (Sentencia de 28-II-2014, Inc. 8-2014 ). 3 Es decir, que la disposición constitucional no prohíbe convicciones o ideologías políticas, en general, pero supone que los servidores públicos no deben sobreponerla en ningún momento al interés público. En adición a ello, la proh ibición ética regulada en el artículo 6 letra 1) de la LEG, proscribe que los servidores públicos se aprovechen de su condición, posición o situación dentro de la Administración pública para realizar acciones -u omitir otras- tendientes a beneficiar o generar una ventaja a favor de una fracción o ideología política, en particular, sobreponiendo así ésta última al interés general o público, al margen de si se han utilizado fondos públicos para ello. Por lo que, en especial, dentro de las Alcaldías Municipales, los miembros del Concejo Municipal deben velar por el cumplimiento de dichas normas, pues incluso, parte de ello, se encuentra como una obligación legal dentro de la propia normativa que rige su func ionamiento, siendo la de prohibir la utilización de bienes y servicios municipales con fines partidarios, así como colores y símbolos del partido gobernante tanto en muebles o inmuebles propiedad municipal, establecida en el artículo 31 numeral 11 del Código Municipal
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 125-A-18_Censurado.pdf
  • 1.2 MiB, application/pdf
  • 2021-02-08 04:17:16

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