• 21-A-20
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Número de referencia de la resolución: 21-A-20
Tesauro: Uso indebido de bienes para actos de proselitismo
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2020-11-24
Fundamento: En ese sentido, de acuerdo a la estructura del procedimiento establecido por el legislador para la investigación de infracciones a los deberes y prohibiciones éticas, regulada en los artículos 33 inc. 2° de la LEG y 83 del RLEG, este Tribunal en el marco de la investigación preliminar requirió informe al Concejo Municipal de Nuevo Cuscatlán, y en cumplimiento de lo anterior la Secretaria de dicho Concejo Municipal informó respecto de las situaciones fácticas objeto del aviso. En esa línea de argumentos, los datos obtenidos con el informe relacionado no permiten sustentar la probable transgresión de la prohibición ética de "Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario", regulado en el artículo 6 letra k) de la LEG. En razón de lo anterior y no estableciéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es improcedente continuar el presente procedimiento.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2022-06-06 16:17:16
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  • 2021-02-08 07:49:43
Publicado

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