• 32-D-19
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Número de referencia de la resolución: 32-D-19
Tesauro: Deber de uso adecuado de recursos del Estado
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2020-08-20
Fundamento: En ese sentido, una vez agotada la investigación preliminar el Tribunal debe decidir si a partir de los elementos obtenidos se determina la existencia de una posible infracción ética y si, por ende decreta la apertura del procedimiento, pues de no ser así, el trámite debe finalizarse. IV. En el caso particular, la información obtenida en el caso de mérito, no refleja que el Concejo Municipal de La Libertad haya autorizado la erogación de fondos de ese Municipio para financiar la actividad propuesta por el Comité de Festejos Patronales del Cantón Cangrejera del departamento de La Libertad, concretamente los premios dados a los ganadores de una denominada ''Carrera de bolos", a la que alude el informante anónimo en el aviso. En ese sentido, según el informe del Concejo Municipal de La Libertad, y la documentación administrativa relacionada, se determina que dicha entidad únicamente apoyo las actividades que constan en el cuadro de folio 24, en la que no figura una "Carrera de bolos". De manera que se han desvirtuado los hechos expuestos en la información divulgada sobre la presunta infracción al deber ético de "U!ilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los .fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 32-D-19_Censurado.pdf
  • 868.4 KiB, application/pdf
  • 2021-02-15 06:24:20

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