Número de referencia de la resolución: | 74-A-20 |
Tesauro: | Inadmisibilidad |
Decisión: | Inadmisible |
Fecha de resolución: | 2020-08-28 |
Fundamento: | en el aviso no se advierten hechos específicos que aporten claridad de elementos que pudieran ser contrarios a la ética pública. Por tanto, no se cuenta con hechos concretos, claros y consistentes que permitan obtener los aspectos necesarios para delimitar una posible conducta prevista como contraria a la ética pública; al tratarse de hechos ambiguos, generales e imprecisos. En este sentido, la falla de precisión de los hechos objeto de aviso impide identificar la posible ocurrencia de infracciones a los deberes y prohibiciones éticas regulados en los arts. 5, 6 y 7 de LEO; y las deficiencias advertidas no pueden ser subsanadas mediante una prevención por tratarse de una denuncia anónima; en consecuencia, corresponde pronunciar in /imine la inadmisibilidad del aviso por carecer de los requisitos formales mínimos que permitan efectuar un pronunciamiento de fondo. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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