Número de referencia de la resolución: | 62-D-18 |
Tesauro: | Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2019-01-29 |
Fundamento: | Sanciónase al señor Juan Carlos Sánchez Hernández por la conducta cometida durante el mes de julio del año dos mil diecisiete, una multa correspondiente a un salario mínimo mensual urbano para el sector comercio vigente en el momento de los hechos, equivalente a trescientos dólares de los Estados· Unidos de América (US$300.00) por la infracción al deber ético de "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG; y una multa correspondiente a un salario mínimo mensual urbano para el sector comercio vigente en el momento de los hechos, equivalente a trescientos dolares de los Estados Unidos de América (US$300.00) por la transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley'" regulada en el articulo 6 letra e) de la LEG; b) por la conducta cometida durante el año dos mil dieciocho, una multa correspondiente a un salario mínimo mensual urbano para el sector comercio vigente en el momento de los hechos, equivalentes a trescientos cuatro dólares de los Estados Unidos de América con diecisiete centavos (US$304.17) por la infracción al deber ético de "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 lena a) de la LEG; haciendo un total de novecientos cuatro dólares con diecisiete centavos (US$904.17). |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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