Número de referencia de la resolución: | 247-A-18 |
Tesauro: | Aprovechamiento de subordinados |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2020-08-28 |
Fundamento: | al reconsiderar el hecho se advierte que el mismo carece de datos necesarios que permitan tener una descripción clara del mismo, pues no se especifica cuáles de los ciento veinticuatro empleados el CAM de Mejicanos y que trabajan por turnos, habrían participado en esa diligencia; asimismo, el marco factico es amplio y ambiguo como para determinar el lugar en el que se habría realizado esa actividad partidista; por lo que, no es posible delimitar una posible conducta prevista como contraria a la ética pública; en consecuencia, corresponde declarar sin lugar la apertura del procedimiento En razón de ello, no advirtiéndose los presupuestos establecidos en los artículos 32 de la LEG y 72 de la LPA, al carecer de elementos suficientes que permitan determinar la descripción clara del hecho denunciado; así corno la existencia de una posible infracción ética. es imposible continuar el presente procedimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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