Fundamento: |
La investigación preliminar y los documentos remitidos, no se advierte la infracción al deber ético relativo a "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el art. 5 letra a) de la LEG.
En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de esa infracción ética, es debido concluir el presente procedimiento respecto a la misma. |