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En el caso particular, relata, en síntesis, que solicitó autorización para la venta de pólvora en el Distrito Seis de la Alcaldía Municipal de San Salvador, pero para que le concedieran dicha autorización le indicaron que debía presentar una solvencia municipal y al presentarla le manifestaron que la había obtenido de forma fraudulenta, pues la denunciante tenía un contacto dentro de la oficina central de San Salvador para la obtención de la misma, por lo que le negaron el permiso definitivamente (…) La denunciante considera que las actuaciones de ****, Jefe de la Delegación del Distrito Seis de la Alcaldía Municipal de la ciudad y departamento de San Salvador constituyen un incumplimiento a los principios éticos de probidad, imparcialidad, justicia, transparencia, responsabilidad, disciplina, legalidad, lealtad, decoro, eficiencia y eficacia, así como una transgresión al artículo 6 letras i) y j) de la Ley de Ética Gubernamental -LEG-. |