• 289-A-17
  • Ficha de la resolución
  • Vista previa del archivo de la resolución
  • Información del fichero de la resolución
  • Adjuntos
Número de referencia de la resolución: 289-A-17
Tesauro: Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Proselitismo político
Decisión: Sobreseimiento
Fecha de resolución: 2021-06-25
Fundamento: En el presente procedimiento administrativo sancionador se atribuye al investigado, señor *****, ex Alcalde Municipal de Concepción Batres, departamento de Usulután, la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra k) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto durante el año dos mil diecisiete, la referida Alcaldía Municipal habría ejecutado el proyecto denominado "Adecuación de espacio para salón de usos múltiples en Centro Escolar Cantón El Paraisal ", en cuyo presupuesto se incluyó la instalación de un rótulo informativo de dicho proyecto, por la suma de trescientos treinta y dos dólares con sesenta y siete centavos de dólar de los Estados Unidos de América ($332.67), en el cual se habría colocado junto a la imagen del señor **** la bandera del partido político Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN).
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 12. 289-A-17_Censurado.pdf
  • 403.27 KiB, application/pdf
  • 2022-09-14 21:36:35
Fichero Comentarios Estado
  • 289-A-17.pdf
  • Versión: 1
  • 271.05 KiB, application/pdf
  • Enviado por Marcela Beatriz Barahona Rubio
  • 2021-07-27 15:11:49
Publicado

No hay ficheros adjuntos