• 105-A-19
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Número de referencia de la resolución: 105-A-19
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: No sanciona
Fecha de resolución: 2021-09-03
Fundamento: El presente procedimiento inició mediante aviso recibido por medio de la página web institucional, contra el señor ****, Técnico de Supervisión, Departamento de Supervisión, Subdirección para la Coordinación y Supervisión de la Red de Atención Compartida del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia (ISNA), y ex Secretario General del Sindicato de Trabajadores del ISNA (SITRAISNA), a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto durante los meses de octubre de dos mil dieciocho y marzo de dos mil diecinueve, habría realizado actividades privadas en horas laborales, como litigar en procesos judiciales y dar clases en la Universidad Luterana de El Salvador. Asimismo, durante los meses de octubre y diciembre de dos mil dieciocho, el señor **** también habría incumplido con sus funciones en el SITRAISNA.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Definitiva
Fichero Acciones
  • 42. 105-A-19_Censurado.pdf
  • 3.64 MiB, application/pdf
  • 2022-12-12 20:13:06
Fichero Comentarios Estado
  • 105-A-19_Censurado.pdf
  • Versión: 1
  • 1.41 MiB, application/pdf
  • Enviado por Marcela Beatriz Barahona Rubio
  • 2021-09-16 16:29:02
Publicado

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