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Sanciónase al señor René Salvador García González con una multa de tres mil cuarenta y un dólares de los Estados Unidos de América con setenta centavos (US$3,041.70), por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 7 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental, en razón que el día quince de enero de dos mil veinte, a menos de un año del cese de sus funciones como Subdirector General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, representó a la sociedad Telefónica Móviles El Salvador, S.A. de C.V. en el proceso referencia NUE:00272-18-ST-COPC-CAM referencia interna 93 -PC-l 8, que dicha persona jurídica promovió contra la Dirección General de impuestos Internos ante la Cámara de lo Contencioso Administrativo, y en el cual el investigado previamente había intervenido en representación de esa Dirección a través de los apoderados generales judiciales ******** y **************, no obstante los intereses de las mencionadas dependencia pública y sociedad se contraponían por las razones expresadas en el apartado lV de esta resolución. |