Número de referencia de la resolución: | 126-A-16 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2020-06-12 |
Fundamento: | A la investigada se le atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo (…) ", regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, en razón que durante los meses de mayo a julio del año dos mil dieciséis, habría real izado actividades diferentes a las institucionales y a las que le correspondían durante su jornada laboral ordinaria al no haber asistido a su lugar de trabajo en reiteradas ocasiones, y no obstante ello habría registrado su asistencia diaria en el control administrativo respectivo como si hubiese cumplido con la misma. Sanciónase a la señora Evelyn Concepción Reyes Reyes con una multa de mil seis dólares de los Estados Unidos de América con ochenta centavos (US$1,006.80), por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en razón que los días seis, nueve y once de mayo, trece y catorce de junio, veintiuno, veintidós, veinticinco y veintiséis de julio del año dos mil dieciséis, se ausentó de la jornada laboral que debía cumplir en la Escuela ele Educación Parvularia "José María San Martín" de Santa Tecla, por encontrarse fuera del país realizando actividades de su interés particular, sin contar con autorización para ello, según consta en el punto número 3 del apartado IV de esta resolución. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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