Número de referencia de la resolución: | 12-A-16 |
Tesauro: | Uso indebido de bienes para actos de proselitismo |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2019-08-23 |
Fundamento: | Al investigado se le atribuye la posible transgresión a las prohibiciones éticas de "Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario", y "Prevalerse del cargo para hacer política partidista", reguladas en el artículo 6 letras k) y l) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto según el informante anónimo, en el período comprendido entre el día uno de mayo de dos mil quince y el día ocho de febrero de dos mil dieciséis -esta última fecha, de recepción del aviso-, habría colocado vallas publicitarias en el aludido municipio -sufragadas con fondos públicos-, en las que figuraría su nombre y su imagen con indumentaria alusiva al partido político "Gran Alianza por la Unidad Nacional" (GANA). Sanciónase al señor Colombo Carballo Vargas, Alcalde Municipal de Lolotique, departamento de San Miguel, con una multa de dos mil trece dólares de los Estados Unidos de América con sesenta centavos (US$2,013.60), por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra k) de la LEG, según se estableció en el considerando IV de esta resolución. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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