• 2-TEG-07
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Número de referencia de la resolución: 2-TEG-07
Tesauro: Ética Pública
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2007-06-27
Fundamento: El 8 de marzo de este año tuvo entrada en este Tribunal el escrito de denuncia presentada contra el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, doctor José Guillermo Maza Brizuela, por los hechos que se detallan a continuación: 1) La referencia de pacientes del sistema hospitalario público a clínicas privadas, en especial a las clínicas del Ministro y de su familia, por Ja carencia de aparatos de tomografía y de resonancia magnética; 2) La falta de instalación de dos equipos de tomografía y una resonancia magnética donados por la Fundación Salvadoreña para la Salud (FUSAL) en el año 2002, en perjuicio de los pacientes de la red de hospitales públicos. Con tales hechos el denunciante considera que se han vulnerado los principios, deberes y prohibiciones contemplados en los arts. 4 letra a), 5 letra g), y 6 letras b) y f) de la Ley de Ética Gubernamental. Declarar que el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, doctor José Guillermo Maza Brizuela, ha incumplido el deber ético de eficiencia previsto en el art. 5, letra d), de la Ley de Ética Gubernamental.
Ley: Derogada
Tipo de resolución: Definitiva
Fichero Acciones
  • Resolución Final 2-07_Censurado.pdf
  • 6.65 MiB, application/pdf
  • 2022-05-16 20:53:04

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