Número de referencia de la resolución: | 8-A-22 |
Tesauro: | Deber de uso adecuado de recursos del Estado |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2022-09-08 |
Fundamento: | En el caso particular, se atribuye al señor **** - Motorista de la Unidad Comunitaria de Salud Familiar -UCSF- de llopango, departamento de San Salvador - la probable infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG); por cuanto en el período comprendido desde el mes de noviembre de dos mil diecinueve hasta enero de dos mil veintidós, habría utilizado el vehículo placas N-14195, propiedad del Ministerio de Salud, para realizar actividades no institucionales. Además, se atribuye a dicho señor la transgresión de la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, por cuanto las actividades antes relacionadas se habrían realizado dentro de su jornada laboral. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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