• 31-A-22
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Número de referencia de la resolución: 31-A-22
Tesauro: Aprovechamiento de subordinados, Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Prohibición de actividad privada
Decisión: Sobreseimiento
Fecha de resolución: 2022-12-08
Fundamento: El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor **** ex Gerente General de la Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a quien se atribuye la posible infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental -en lo sucesivo LEG- por cuanto, durante el periodo comprendido entre el mes de mayo de dos mil veintiuno y el día siete de julio de dos mil veintidós, habría utilizado vehículos propiedad de dicha institución para actividades de carácter personal, entre ellas, transportar a su hija hacia o desde su centro de estudios. Asimismo, se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra f) de la LEG, en razón que habría exigido o solicitado al personal de la aludida Alcaldía que, durante la jornada de trabajo lo condujera a bordo de esos automotores, para realizar dichas actividades de carácter particular. También se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada: en el artículo 6 letra e) de la LEG, por cuanto habría realizado las mencionadas actividades de carácter personal durante la jornada de trabajo que debía cumplir en la Alcaldía relacionada, sin contar con justificación legal para ello.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): ACUM 8-D-22
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 31-A-22 ACUM 8-D-22_Censurado.pdf
  • 1.89 MiB, application/pdf
  • 2023-01-04 20:08:25

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