• 94-A-22
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Número de referencia de la resolución: 94-A-22
Tesauro: Deber de uso adecuado de recursos del Estado
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2022-11-16
Fundamento: En ese sentido, respecto a estos hechos, se han desvirtuado los elementos advertidos inicialmente sobre la posible infracción al deber ético relativo a ''Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, por parte del señor ****, Director interino del INJMPL y, en consecuencia, también se han desvirtuado los indicios sobre la posible infracción al deber ético de "Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública", regulado en el artículo 5 letra b) de la LEG, por parte del señor ****, Encargado de Transparencia de la Dirección Departamental de Educación de La Libertad del MINEDUCYT.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): ACUM 108-A-22
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 94-A-22 ACUM 108-A-22_Censurado.pdf
  • 1.2 MiB, application/pdf
  • 2023-02-03 22:02:21

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