• 161-A-22
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Número de referencia de la resolución: 161-A-22
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2023-02-17
Fundamento: En el presente caso, el informante refirió que el señor **** - Coordinador del Área de Psicología para los Juzgados de Familia, Especializados de Niñez y Adolescencia y de los Centros de Atención Psicosocial -CAPS - expuso en su cuenta privada de la red social Facebook que en fecha doce de octubre de dos mil veintidós, culminó un curso de formación a profesionales, a los cuales en esa publicación él les denomina potenciales empleados de la Corte Suprema de Justicia, pues varios de ellos son parte del personal que se encuentra laborando ad- honorem en algunos juzgados, situación que en apariencia riñe con el ejercicio público dado que el referido señor capacitó en tiempo laboral a personas particulares.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 161-A-22_Censurado.pdf
  • 823.48 KiB, application/pdf
  • 2023-03-23 14:53:30

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