• 4-A-23
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Número de referencia de la resolución: 4-A-23
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2023-03-14
Fundamento: En el presente caso, el informante anónimo señaló, en síntesis, que, desde el veintiséis de noviembre de dos mil veintidós, el señor **** Subjefe del Departamento de Comunicaciones de la Alcaldía Municipal de la ciudad y departamento de Santa Ana, habría incumplido con su jornada laboral, pues no asiste a trabajar por tener "vínculos" con el Alcalde de dicha comuna. (…) Finalmente, consta que no existen quejas o reportes respecto a ausencias injustificadas o incumplimiento de la jornada laboral por parte del señor ****, en ese sentido, no se han robustecido los elementos para considerar una posible infracción a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley"', regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, por parte del señor **** dado que no hay indicios que éste haya incumplido con su jornada laboral al ausentarse injustificadamente de la misma.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 4-A-23.pdf
  • 677.39 KiB, application/pdf
  • 2023-05-02 16:48:57

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