Número de referencia de la resolución: | 24-D-23 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2023-04-21 |
Fundamento: | En el caso particular, la denunciante, en esencia, expone que el señor Fiscal General de la UES ha vulnerado los principios éticos regulados en el artículo 4 letras b), d), e), h) e i) de la LEG, al emitir opiniones jurídicas contradictorias en el expediente número 12439-IC-07-2022 sobre el cumplimiento del acta de inspección del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, respecto a la incompleta equiparación salarial de su persona. En atención a lo anterior, se advierte que el hecho denunciado no constituye o perfila aspectos vinculados con la ética pública pues, como indica el señor se refiere a la emisión de opiniones jurídicas presuntamente contradictorias por parte del denunciado, situación que se encuentra fuera del ámbito de competencia del control del TEG, por lo que dicha conducta no encaja en ninguno de los supuestos de hecho contemplados en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG, y como consecuencia no puede ser fiscalizada por este Tribunal. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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