Número de referencia de la resolución: | 136-A-21 |
Tesauro: | Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Uso discrecional de vehículos nacionales |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2023-04-17 |
Fundamento: | EI presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra los señores ****, Ex Ejecutivo y Jefe del Estado Mayor de Brigada; ****, Ex Comandante de Brigada; y *****, Ex Jefa Interina A-IV, todos de la Segunda Brigada Aérea de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), a quienes se atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto en el período comprendido entre el día siete de julio de dos mil diecisiete al mes de abril de dos mil veinte, el primer mencionado; y, hasta el día tres de noviembre de dos mil veintiuno, el segundo y tercera mencionados, habrían utilizado indebidamente el combustible asignado a esa brigada abasteciendo en reiteradas ocasiones vehículos particulares los cuales serían de su propiedad y para fines no institucionales. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos