• 32-D-23
  • Ficha de la resolución
  • Vista previa del archivo de la resolución
  • Información del fichero de la resolución
  • Adjuntos
Número de referencia de la resolución: 32-D-23
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2023-06-23
Fundamento: Del análisis de los hechos objeto de denuncia, se advierte quien denuncia plantea su inconformidad con las actuaciones de los denunciados - Miembros propietarios de la Junta de la Carrera Docente de Usulután; Director y Coordinador, de la Departamental de Educación de Usulután -, pues afirma que han querido favorecer a una docente y "tres madres de familia" en un proceso interpuesto en su contra, vulnerando los derechos de los estudiantes, ya que con dichas decisiones se afecta a la comunidad educativa; además, que el Presidente de la Junta de la Carrera Docente la insultó, le gritó, la humilló y la menospreció frente a todos, queriéndola obligar a que conciliara y amenazándola con meterla presa por régimen de excepción si no accedía. (…) En atención a lo anterior, se advierte que los hechos denunciados no constituyen o perfilan aspectos vinculados con la ética pública, pues los mismos hacen referencia a aspectos meramente disciplinarios y de control interno que corresponden al régimen administrativo de dicha entidad, por lo tanto, no pueden ser fiscalizados por este Tribunal ya que no encajan en ninguno de los supuestos de hecho contemplados en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG, los cuales constituyen el marco de competencia de este Tribunal.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 32-D-23_Censurado.pdf
  • 474.49 KiB, application/pdf
  • 2023-07-31 16:23:40

No hay ficheros adjuntos