• 46-D-23
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Número de referencia de la resolución: 46-D-23
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2023-07-31
Fundamento: El día ocho de junio del presente año, la CEG de la Alcaldía Municipal de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, remitió a este Tribunal denuncia y documentación anexa (fs. l al 4) interpuesta (…) contra la señora ***, Auxiliar de la Gerencia Administrativa Financiera de la Unidad de Servicios Municipales de esa comuna. (…) En atención a lo anterior, se advierte que los hechos denunciados no constituyen o perfilan aspectos vinculados con la ética pública, pues refieren la inconformidad de la señora **** con la acción de la señora **** consistente en haber difundido una fotografía en la red social en el que haría señalamientos contra la denunciante, así como el supuesto exceso en las facultades que le competerían por su cargo de auxiliar de gerencia de la citada comuna, circunstancias que por sí solas no se enmarcan en ninguno de los deberes y prohibiciones éticas que establece la LEG en los artículos 5, 6 y 7, por lo que, se encuentran fuera del ámbito de competencia del control del Tribunal de Ética Gubernamental; y como consecuencia no puede ser fiscalizadas por este ente administrativo, tal como ha resuelto esta autoridad en casos similares.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 46-D-23.pdf
  • 1.13 MiB, application/pdf
  • 2023-08-30 21:20:14

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