Número de referencia de la resolución: | 89-A-23 |
Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2024-01-09 |
Fundamento: | No se han robustecido los elementos para considerar una posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, por parte del doctor, ya que de la información recabada, no existen indicios que indiquen que éste se retire a atender su clínica particular en horas laborales; que no cumpla con su horario de trabajo y con las consultas que tiene programadas en el Hospital Nacional Regional "San Juan de Dios" de Santa Ana, ni que, particularmente, el día once de abril de dos mil veintitrés se haya ausentado para efectuar otras actividades. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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