• 130-A-23
  • Ficha de la resolución
  • Vista previa del archivo de la resolución
  • Información del fichero de la resolución
  • Adjuntos
Número de referencia de la resolución: 130-A-23
Tesauro: Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2024-03-06
Fundamento: No se han fortalecido los indicios sobre el cometimiento de la posible infracción a la prohibición ética de “Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, pues a partir de lo informado por las autoridades competentes de la Alcaldía Municipal de Zacatecoluca, departamento de La Paz, en el período de junio a septiembre de dos mil veintitrés, la señora ****, quien se desempeñó como Organizadora Comunal de la mencionada entidad, cumplía con su horario de trabajo y no tuvo reportes de ausencias injustificadas a sus labores, por lo que no es posible advertir una inobservancia a sus funciones por la realización de actividades privadas. En razón de ello, y no existiendo elementos que justifiquen el ejercicio de la potestad sancionadora de este Tribunal, debe culminarse el presente procedimiento administrativo sancionador.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 130-A-23.pdf
  • 4.48 MiB, application/pdf
  • 2024-09-23 20:16:35

No hay ficheros adjuntos