Número de referencia de la resolución: | 95-D-23 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2023-12-07 |
Fundamento: | En la denuncia se refiere que el Jefe del Registro del Estado Familiar se habría dirigido a la señora **** de forma "prepotente" y "molesto"; ahora bien, dicha conducta no se perfila como vulneración a los deberes éticos regulados en el artículo 5 de la LEG ni se adecua a las prohibiciones éticas establecidas en el artículo 6 de la misma ley, por lo que este Tribunal, en observancia del referido principio de legalidad, no puede ejercer su potestad sancionadora sobre la misma. Cabe destacar que la empatía es una competencia emocional fundamental en los servidores públicos, para comprender la realidad, puntos de vista, expectativas y necesidades de los otros -y principalmente de los destinatarios de los servicios públicos-, a efecto de orientar su función en el sentido de facilitar fa satisfacción de dichas necesidades. En razón de ello, este Tribunal estima necesario certificar la denuncia -con sus anexos- y la presente resolución al Concejo Municipal de Ciudad Delgado, para que adopte las medidas que estime pertinentes sobre la atención que el Jefe del Registro del Estado Familiar de esa localidad habría brindado a la señora **** . |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos