Número de referencia de la resolución: | 65-A-23 |
Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2024-01-25 |
Fundamento: | En el caso particular se carece de elementos objetivos que robustezcan los señalamientos efectuados por el informante anónimo, principalmente en razón que en el desarrollo de las diligencias de investigación, los diferentes funcionarios requeridos -del MJSP y la DGCP-expresaron que las solicitudes de información sobre el vehículo placas N20-771 y sobre los hechos indagados debían dirigirse a otras autoridades y, en definitiva, al Director General de Centros Penales, pero este último, a su vez, no brindó respuesta a los requerimientos que se le formularon directamente. Por tanto, no se advierte la concurrencia del presupuesto establecido en los artículos 151 numeral 3) de la LPA y 83 letra c) del RLEG, situación que impide continuar con el trámite de ley correspondiente. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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