• 67-A-23
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Número de referencia de la resolución: 67-A-23
Tesauro: Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2024-03-22
Fundamento: Con la información obtenida y la documentación agregada al expediente, se han desvirtuado los indicios establecidos inicialmente en el aviso sobre la posible transgresión al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, por parte del señor ****, Técnico de Aprovisionamiento de la División de Abastecimiento de la Dirección General de Economía Agropecuaria del MAG. En razón de ello, y no existiendo elementos que justifiquen el ejercicio de la potestad sancionadora de este Tribunal, debe culminarse el presente procedimiento administrativo sancionador.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 67-A-23.pdf
  • 3.16 MiB, application/pdf
  • 2024-09-25 16:59:37

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