Número de referencia de la resolución: | 67-A-23 |
Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2024-03-22 |
Fundamento: | Con la información obtenida y la documentación agregada al expediente, se han desvirtuado los indicios establecidos inicialmente en el aviso sobre la posible transgresión al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, por parte del señor ****, Técnico de Aprovisionamiento de la División de Abastecimiento de la Dirección General de Economía Agropecuaria del MAG. En razón de ello, y no existiendo elementos que justifiquen el ejercicio de la potestad sancionadora de este Tribunal, debe culminarse el presente procedimiento administrativo sancionador. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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