• 163-A-23
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Número de referencia de la resolución: 163-A-23
Tesauro: Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2024-05-07
Fundamento: No existen suficientes elementos para considerar el cometimiento de la infracción al deber ético relativo a "[e]xcusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el art. 5 letra c) de la LEG; y, a la prohibición ética de '"[n]ombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley'', establecida en el art. 6 letra h) de ese cuerpo normativo, pues a partir de la investigación preliminar se ha determinado que no existe un vínculo de parentesco por consanguinidad entre las señoras **** y ****, como lo indicó el informante en el aviso de mérito. En razón de lo anterior, es imposible continuar el presente procedimiento.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 163-A-23.pdf
  • 3.94 MiB, application/pdf
  • 2024-09-26 14:44:38

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