• 11-D-24
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Número de referencia de la resolución: 11-D-24
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2024-04-11
Fundamento: Para que la denuncia sea procedente ante este Tribunal es imprescindible que el asunto expuesto sea propio del marco ético establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG; por lo que, en este caso se advierte que el cuadro fáctico descrito en la denuncia no se perfila como transgresión a éstos, sino que el mismo revela la discrepancia de la denunciante, respecto de la forma en la cual el CONAPINA tramitó el procedimiento referencia 0149-22, pues alude que se omitió averiguar sobre los antecedentes penales de su hermana, a quien se le habría entregado su hija; sin embargo, la diligencia en la tramitación del caso no corresponde conocerla a este Tribunal sino a otras instancias, de conformidad con los artículos 172 de la Constitución de la República, 255 y 256 de la Ley Crecer Juntos. De manera que, este Tribunal se encuentra impedido de conocer respecto de los hechos objeto de denuncia señalados.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2.41 MiB, application/pdf
  • 2024-09-26 15:51:16

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