Número de referencia de la resolución: | 24-A-23 |
Tesauro: | Sobreseimiento |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2024-05-07 |
Fundamento: | Pese a las diligencias investigativas realizadas, no se perfila la existencia de prueba que acredite que, entre los años dos mil diecinueve y dos mil veintitrés, el señor ****, Regidor de la Alcaldía Municipal de Chirilagua, intervino en procesos y decisiones de reclutamiento, selección, nombramiento o contratación de su hermana, la señora ****, para que esta laborara en la referida institución como Encargada de Baños Públicos en los Malecones del Cantón El Cuco, de la misma localidad. En este caso, el Instructor delegado por este Tribunal efectuó su labor investigativa en los términos en los que fue comisionado, pero ésta no le permitió obtener medios de prueba distintos a los ya enunciados, por lo que es inoportuno continuar con el trámite de ley contra el señor ****, con relación a una infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG, por los hechos antes descritos. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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