Número de referencia de la resolución: | 144-A-22 |
Tesauro: | Improcedencia, Sobreseimiento |
Decisión: | Improcedente, Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2024-05-20 |
Fundamento: | El artículo 97 letra a) del Reglamento de la LEG establece el sobreseimiento como forma de terminación anticipada del procedimiento cuando después de haberse admitido la denuncia o aviso se advierta alguna de improcedencia, en los términos establecidos en este Reglamento". Entre las causales de improcedencia de la denuncia o el aviso figura que "El hecho denunciado sea de competencia exclusiva de otras instituciones de la Administración Pública" -art. 81 letra. d) del mismo Reglamento-. Al amparo de las normas citadas, al haberse establecido que las conductas atribuidas a los señores ****, ****, ****, **** y ****, son competencia disciplinaria de la Corte Suprema de Justicia, corresponde la finalización del procedimiento mediante la figura del sobreseimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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