• 37-D-24
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Número de referencia de la resolución: 37-D-24
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2024-07-04
Fundamento: De los hechos descritos, no se advierte contravención a la ética pública; pues, si bien estos serían reprochables, se refiere a una inconformidad de la persona denunciante con las "posibles omisiones" (sic) que alude han sido efectuadas por el denunciado y por las diferentes Unidades de la UES que menciona, lo cual no se enmarca en ninguno de los deberes y prohibiciones éticos que establece la LEG en los artículos 5, 6 y 7, sino que corresponden más bien a circunstancias que se dilucidan en otras instancias, por lo que excede el ámbito de competencia de este Tribunal e inhibe a este último conocer dichos hechos, de lo contrario se estaría quebrantando el principio de legalidad que nos hemos referido, el cual rige todas las actuaciones de la Administración Pública.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 37-D-24.pdf
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  • 2024-10-02 18:09:09

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