Número de referencia de la resolución: | 17-A-23 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2024-06-24 |
Fundamento: | Al hacer una valoración integral de los elementos de prueba recabados en el procedimiento, se ha establecido que, en diferentes fechas durante el período comprendido de enero de dos mil veintidós a enero de dos mil veintitrés, la señora Castro de Vega realizó actividades privadas en la asociación cooperativa ACACME de R.L., mientras debía cumplir su jornada de trabajo en el Centro Escolar Fray Flavián Mucci, y se ausentó del mismo sin contar con justificación legal, como una licencia, para realizarlo. En definitiva, se ha establecido en este procedimiento la transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG por parle de la señora Gladis Antonia Castro de Vega, en tanto se esperaba de ella que, como servidora pública, empleara el tiempo asignado exclusivamente para desempeñar sus funciones y cumplir las responsabilidades para las que fue contratada por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y, específicamente en el Centro Escolar Fray Flavián Mucci. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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