Número de referencia de la resolución: | 5-D-24 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2024-08-29 |
Fundamento: | Este Tribunal no se encuentra facultado para revisar los hechos denunciados, pues de conformidad a lo establecido en el artículo 1 de la LEG, el procedimiento administrativo sancionador competencia de este Tribunal, tiene por objeto esencial determinar la existencia de infracciones a los deberes y prohibiciones éticas reguladas en ella, teniendo potestad sancionadora frente a los responsables de las contravenciones cometidas; siendo la finalidad perseguida combatir y erradicar todas aquellas prácticas que atentan contra la debida gestión de los asuntos públicos y que constituyen actos de corrupción dentro de la Administración Pública; no así para realizar un examen de legalidad sobre las resoluciones emitidas por la señora **** referentes a su excusa para tramitar las diligencias de título supletorio antes citadas. De manera que, este Tribunal se encuentra impedido de conocer respecto de los hechos objeto de denuncia antes señalados. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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