| Número de referencia de la resolución: | 35-A-24 |
| Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
| Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
| Fecha de resolución: | 2025-04-10 |
| Fundamento: | No se han robustecido los indicios de una posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley" regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, por parte de los señores *****, ******, ****** y ***** quienes según las personas informantes- los días dos y veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro habrían ocupado tiempo de su jornada laboral para realizar actividades de índole político partidario; sin embargo, la información obtenida y la documentación que obra en el expediente, no reflejan elementos que permitan determinar si participaron o no de las mismas, ni que abandonaron sus funciones para ello. En razón de lo anterior, y no reparándose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos