| Número de referencia de la resolución: | 66-A-24 |
| Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
| Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
| Fecha de resolución: | 2025-04-10 |
| Fundamento: | Se repara que no se tienen reportes o señalamientos por el supuesto incumplimiento o ausencias injustificadas contra el señor***** Por el contrario, existen las licencias que justificaron su ausencia a sus labores durante el período objeto de investigación. De manera que no existen suficientes elementos para considerar el cometimiento de la infracción a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", establecida en el art. 6 letra e) de ese cuerpo normativo; por parte del señor ***** por cuanto, a partir de la investigación preliminar no constan indicios que permitan establecer que durante los días treinta y uno de julio de dos mil diecinueve al treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, el referido señor incumplió su jornada laboral para surtir las tiendas que serían propiedad de su esposa, por los argumentos antes indicados. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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