| Número de referencia de la resolución: | 85-D-24 |
| Tesauro: | Improcedencia |
| Decisión: | Improcedente |
| Fecha de resolución: | 2025-06-13 |
| Fundamento: | En el presente caso, del análisis de lo tipificado en el artículo 6 letra i) de la LEG y de los hechos denunciados, en relación con el articulo 3 letra f) de la misma ley, no se advierten circunstancias que reflejen un retardo en los trámites solicitados por el denunciante, por parte del Concejo Municipal de La Libertad Centro y al jefe de Catastro de esa comuna; sino más bien se advierte que el trámite de inscripción de local de la sociedad ***** tuvo retrasos, en razón del incumplimiento de los requisitos establecidos para ello en el Reglamento General de Transporte Terrestre, por parte de ésta, no obstante haber sido prevenida sobre ello por jefe de Catastro de la citada municipalidad. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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