| Número de referencia de la resolución: | 37-D-25 |
| Tesauro: | Improcedencia |
| Decisión: | Improcedente |
| Fecha de resolución: | 2026-02-13 |
| Fundamento: | De los hechos antes descritos, no se advierten elementos que reflejen posibles contravenciones a la ética pública de conformidad con la LEG; pues, si bien estos serían reprochables, se refieren al cumplimiento de requisitos que se le han exigido en el procedimiento llevado durante la tramitación de su caso en la Defensoría del Consumidor, por parte de la señora XXXXX, lo cual no se enmarca en ninguno de los deberes y prohibiciones éticos que establece la LEG en los artículos 5, 6 y 7; por lo que excede el ámbito de competencia de este Tribunal e inhibe a este último de conocer dichos hechos, de lo contrario se estaría quebrantando el principio de legalidad. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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