• 44-D-25
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Número de referencia de la resolución: 44-D-25
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2025-11-17
Fundamento: Por lo tanto, la infracción ética no se configura solo cuando una persona servidora pública se niega a prestar un servicio público, sino también cuando dicha negativa se base en criterios arbitrarios o discriminatorios que vulneran el principio de igualdad y el derecho de los administrados a recibir servicios en condiciones de equidad y sin restricciones indebidas. Así pues, en este caso de la denuncia recibida no se advierten indicios respecto a una denegatoria de la prestación del servicio por razones discriminatorias o injustificadas; pues no se ha detallado alguna de estas últimas circunstancias.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 44-D-25.pdf
  • 683.75 KiB, application/pdf
  • 2026-04-30 18:30:54

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