| Número de referencia de la resolución: | 64-D-25 |
| Tesauro: | Improcedencia |
| Decisión: | Improcedente |
| Fecha de resolución: | 2026-02-13 |
| Fundamento: | El hecho en cuestión no se enmarca en ninguno de los deberes y prohibiciones éticos que establece la LEG en los artículos 5, 6 y 7, por lo que excede el ámbito de competencia de este Tribunal e inhibe a este último conocer dicho hecho, de lo contrario se estaría quebrantando el principio de legalidad que nos hemos referido, el cual rige todas las actuaciones de la Administración Pública. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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