| Número de referencia de la resolución: | 149-A-24 |
| Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
| Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
| Fecha de resolución: | 2025-08-15 |
| Fundamento: | De manera que no existen suficientes elementos para considerar el cometimiento de la infracción al deber ético relativo a "[e]xcusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el art. 5 letra e) de la LEG; de ese cuerpo normativo, pues a partir de la investigación preliminar se ha determinado que la señora XXXXX, ya no se encontraba laborando para el Instituto Nacional de Nueva Guadalupe, durante el período en el que supuestamente tuvieron lugar los hechos. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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