| Número de referencia de la resolución: | 46-D-25 |
| Tesauro: | Improcedencia |
| Decisión: | Improcedente |
| Fecha de resolución: | 2026-02-13 |
| Fundamento: | Por tanto, para poder conocer un supuesto de hecho en el procedimiento sancionatorio, el hecho denunciado no solo debe constituir una transgresión a los principios de ética pública, sino también -a fin de atribuirle una consecuencia jurídica- debe estar vinculado a cualquiera de los deberes y prohibiciones regulados en la LEG . |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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