| Número de referencia de la resolución: | 62-D-25 |
| Tesauro: | Improcedencia |
| Decisión: | Improcedente |
| Fecha de resolución: | 2026-05-04 |
| Fundamento: | Para que una denuncia sea procedente ante este Tribunal es imprescindible que el asunto expuesto sea propio del marco ético establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley de Ética Gubernamental (en adelante LEG); sin embargo. en este caso se advierte que la conducta relativa a presentarse en estado de ebriedad a su jornada laboral por parte del señor XXXXX versa sobre aspectos disciplinarios y de control interno que corresponden al régimen administrativo de la municipalidad de La Unión Sur, a través de la autoridad competente, por lo que no se perfilan como una transgresión a los deberes o prohibiciones éticas regulados en la LEG. |
| Ley: | Vigente |
| Tipo de resolución: | Anormal |
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