• 4-A-13
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Número de referencia de la resolución: 4-A-13
Tesauro: Transparencia, Rendición de cuentas
Deberes éticos (Art. 5 LEG): a) Deber de conocer las normas que le son aplicables en razón del cargo: Conocer las disposiciones legales y reglamentarias, permisivas o prohibitivas referentes a incompatibilidad, acumulación de cargos, prohibiciones por razónde parentesco y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable.
Decisión: No sanciona
Fecha de resolución: 2013-12-20
Fundamento: …Se ha comprobado que efectivamente el vehículo placas N-2-664 pertenece a la municipalidad de Tecapán, es de uso discrecional y está signado al Alcalde de esa localidad, bajo su responsabilidad, y además que para su uso no se emplean bitácoras. … Asimismo, pese a las diligencias investigativas desarrolladas en el curso del procedimiento, no se ha acreditado que el señor teos Gallardo haya utilizado el vehículo asignado para fines distintos a los institucionales, en particular para dirigirse el uno de diciembre de dos mil doce al restaurante "El Aguacate" y departir con algunos empleados, como lo aseveró inicialmente el infórmate; por cuanto no se recabaron elementos probatorios que comprobasen tales alegaciones.
Ley: Vigente
Problema jurídico: *¿El uso de un vehículo de la Municipalidad para trasladar a alguien al hospital es conforme la ética pública?
Tipo de resolución: Definitiva
Fichero Acciones
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  • 2017-11-13 18:09:27
Publicado
  • 4-A-2013
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  • 2017-11-01 09:47:30
Publicado

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