• 145-A-20
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Número de referencia de la resolución: 145-A-20
Tesauro: Improcedencia
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2021-02-10
Fundamento: En el caso particular, el informante manifiesta que el Alcalde Municipal de San Marcos, departamento ele San Salvador, colocó una valla publicitara que lleva inserto el siguiente texto: "Prohibido al partido ARENA 3.0 andar haciendo promesas políticas con este inmueble municipal", lo cual considera que es una publicidad eminentemente electoral y pagada con fondos públicos; sin embargo, dicha circunstancia no encaja en ninguna de las infracciones a los deberes y prohibiciones éticos regulados en los arts. 5, 6 y 7 de la LEG, debido a que de la imagen anexa al aviso no es posible advertir elementos que permitan identificar que el referido funcionario público esté realizando campaña a favor ele un determinado instituto político, pues la valla publicitaria en comento carece de simbología y distintivos político partidarios.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 42. 145-A-20_Censurado.pdf
  • 1.04 MiB, application/pdf
  • 2022-06-16 21:21:19
Fichero Comentarios Estado
  • 145-A-20.pdf
  • Versión: 1
  • 507.12 KiB, application/pdf
  • Enviado por TEG
  • 2021-04-09 21:27:04
Publicado

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