• 151-D-18
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Número de referencia de la resolución: 151-D-18
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: Sobreseimiento
Fecha de resolución: 2021-09-03
Fundamento: El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el licenciado Carlos Alberto Lucero Salís, ex Juez de Paz de Masahuat, departamento de Santa Ana, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto durante el período comprendido del once de noviembre de dos mil quince al mes de diciembre de dos mil dieciocho, se habría ausentado regularmente de sus labores. (…) Se estableció la necesidad de recibir los testimonios de los señores, empleados del Juzgado de Paz de Masahuat, departamento de Santa Ana -ofrecidos por el Instructor comisionado para la investigación-, por cuanto con ellos se acreditaría que el investigado se presentaba a laborar únicamente dos o tres días a la semana, entre las diez y once horas, y se retiraba a las trece o catorce horas, todo durante el período indagado. Los referidos testigos fueron citados oportunamente por el Tribunal, sin que fuere posible llevar a cabo la audiencia programada, por su no comparecencia, pues según consta en acta, suscrita por el licenciado Moris Edgardo Landaverde Hernández, instructor comisionado para realizar los interrogatorios, los testigos al ser contactados vía telefónica le manifestaron que debido a que el licenciado Lucero Salís ya había sido removido de su cargo por la Corte Suprema de Justicia, consideraban que era suficiente sanción y no deseaban seguir participando del presente procedimiento. En ese sentido, dada la imposibilidad de obtener la declaración de los mencionados señores, y ante la carencia de otros elementos probatorios que acrediten que el licenciado Lucero Salís se ausentaba regularmente de sus labores para realizar actividades no institucionales, no es posible determinar la transgresión ética investigada en este procedimiento, pues no obstante el instructor delegado para la investigación de los hechos solicitó los informes pertinente a las autoridades competentes y se apersonó a las instalaciones del Juzgado de Paz de Masahuat, departamento de Santa Ana, a realizar las indagaciones pertinentes sobre los mismos, no obtuvo elementos probatorio útiles para esa finalidad.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 151-D-18_Censurado.pdf
  • 1.39 MiB, application/pdf
  • 2021-09-16 16:30:35

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