Número de referencia de la resolución: | 85-D-17 |
Tesauro: | Denuncia, Improcedencia, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2019-02-21 |
Fundamento: | Respecto a la prohibición ética del Art. 6 letra j) que establece: "Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada", del análisis del presente caso no es posible identificar elementos relacionados con la posible denegatoria al denunciante del acceso al servicio público brindado por el MTPS, por lo cual se concluye que las conductas descritas no pueden configurarse como una posible transgresión a la prohibición ética alegada. En ese sentido, la denuncia adolece de un error de fondo insubsanable que impipide continuar con el trámite de ley correspondiente. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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